
A los fieles que en el día de la Conmemoración de los fieles
difuntos que visiten piadosamente una Iglesia u oratorio y además en ella recen
la Oración del Señor y reciten el Símbolo de la fe, se les concede Indulgencia
plenaria, aplicable a las almas del pulgatorio. También quienes visiten un
cementerio y oren por los difuntos, desde el día 1 al 8 del presente mes, se
les concede Indulgencia Plenaria.